2 de septiembre de 2013

FALTAS INJUSTIFICADAS AL TRABAJO (art. 79 LOTTT)

FALTAS INJUSTIFICADAS

La nueva ley del trabajo en su artículo 79 (igual que la anterior 102), tiene establecido en el ordinal “f”, son causas justificadas para el despido de un trabajador cuando este tiene tres (3) faltas injustificadas en un lapso de treinta (30) días; en ese sentido debe entenderse treinta días de la manera siguiente: si el trabajador el faltó El 15 de octubre y antes del 15 de noviembre acumula tres (3) faltas INJUSTIFICADAS.
 
A continuación transcribo el ordinal ”f” del artículo 79 de la LOTTT:
“Inasistencia injustificada al trabajo durante tres días hábiles en el período de un mes, el cual se computará a partir de la primera inasistencia. La enfermedad del trabajador o trabajadora se considerará causa justificada de inasistencia al trabajo. El trabajador o trabajadora deberá, siempre que no existan circunstancias que lo impida, notificar al patrono o a la patrona la causa que lo imposibilite para asistir al trabajo”
 
 

6 comentarios:

  1. hola buen dia, yo tengo una compañera de trabajo que ha faltado tres dias habiles al trabajo sin causa justificada, ella puede ser despedida, pero hay un problema que ella esta embarazada. que se puede hacer en estos caso. gracias y saludos.

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  2. Hola una pregunta fui a inscribir y a buscar la boleta del colegio de mi hijo y me descontaron las tres horas que me ausente, es legal ya que traje mi justificativo y no me quieren cancelar esas horas

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  3. hola buenos dias a mi hijo lo votaron por faltar 2 dias pero no seguidos y le dieron 32850 por 5 meses y 15 dias .

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  4. Buenos dias si uno falta media jornada de trabajo como seria el descuento

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  5. Si mis vacaciones comienza el 27 de agosto con que sueldo me las pagan con el de agosto o de septiembre ya que hubo un aumento ese mes

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  6. Buenos días mi caso fue el siguiente, trabajaba con una empresa del estado, mantuve una discusión con mi jefe en donde los dos nos alteramos, de mi parte porque no tenia la justificación, solo por manejar con pendrai como herramienta de trabajo ya que no tenemos equipos suficientes y toca hacer milagros, por tal motivo fue la discusión en ese momento me despide sin yo entender la causa, luego que paso todo me disculpe en donde el jefe o quiso recibir mis disculpas sino que esa era su decisión y no la iba a cambiar, como empresa publica debía realizar mi acta de entrega en donde el no dejo que la hiciera, me entrego una carta en donde se hacia responsable de todo alli estuviese y en ese momento me dijo que me iba a botar y el arreglo doble pero qu me fuera. Ahora no me quieren responder el teléfono y me quieren arreglar sencillo porque le levante la voz al gerente, estoy sumamente preocupado porque el ministerio del trabajo que me corresponde el reclamo esta ubicado en santa elena de uairen como esta retirado ellos quieren hacer lo que mejor les parezca con mi liquidación. Quisiera saber que puedo hacer que herramientas debo utilizar en que artículos de la ley me ampara, estoy desesperado....

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