29 de junio de 2011

Asociaciones Cooperativas - Impuesto sobre la Renta

¿Las asociaciones cooperativas deben declarar el Impuesto sobre la Renta o están
exentas de este deber?

Las asociaciones cooperativas sí deben presentar su declaración definitiva de rentas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento General de la Ley de
Impuesto sobre la Renta, los beneficiarios de las exenciones establecidas en el artículo 14 de
la ley deberán cumplir con las obligaciones y deberes formales previstos para los
contribuyentes
será solo a fines informativos, toda vez que las cooperativas gozan de una exención del pago
del impuesto. (Fundamento Legal Art. 22 Reglamento LISLR)

¿Los asociados cooperativistas (personas naturales) deben presentar declaración
definitiva de rentas?
Los asociados cooperativistas que sean residentes en el país, y que obtengan un
enriquecimiento global neto anual durante el ejercicio fiscal superior a 1.000 U.T. o ingresos
brutos mayores a 1.500 U.T. deben presentar su declaración definitiva de rentas
correspondiente y efectuar el pago de impuesto en caso de ser procedente.
. Igualmente, podrán ser objeto de fiscalización. Ahora bien, está declaración

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